El juez del caso Villarejo, Manuel García Castellón, ha archivado la pieza en la que investigaba las presiones sufridas por el abogado Javier Gómez de Liaño cuando defendía a Luis Bárcenas al no ver indicios de que fueran ordenadas por ex responsables de Interior en paralelo a la operación Kitchen.

En un auto, al que ha tenido acceso EFE, el magistrado justifica su decisión en la falta de indicios contra los investigados en esta pieza y que se encuentran también procesados en el caso Kitchen: el exnúmero dos del Ministerio del Interior Francisco Martínez, el también número dos de la Policía Eugenio Pino y el comisario jubilado José Villarejo.

Admite así García Castellón la petición de sobreseimiento de esta causa que le hizo Martínez el pasado 19 de marzo, cuando aún le representaban los abogados Juan Antonio Frago y Verónica Suárez, y a la que se adhirió la Fiscalía.

"Ninguna actuación coincidente en el tiempo con los hechos propios de la pieza"

Según el juez, no consta que Martínez, Pino y Villarejo participaran "en ninguna actuación coincidente en el tiempo con los hechos propios de la pieza separada número 7 (Kitchen) dirigida a perturbar o condicionar la actuación profesional de Javier Gómez de Liaño en su condición de letrado de Luis Bárcenas en el conocido como caso Gürtel y todo ello con la finalidad de impedir que salieran informaciones que pudieran resultar perjudiciales para el Partido Popular o sus dirigentes".

No obstante da por acreditadas "las gestiones realizadas por el investigado José Manuel Villarejo Pérez con objeto de obtener información sobre supuestos pagos recibidos de quien fue su cliente Kalashov (un presunto jefe de la mafia rusa) por el letrado Javier Gómez de Liaño", según consta en las agendas intervenidas al excomisario.

Unas gestiones, añade, "de las que habría podido dar cuenta a sus superiores en el Ministerio del Interior, los investigados Eugenio Pino Sánchez y Francisco Martínez".

"Sin embargo, no constan indicios de la comisión de delito en la ejecución de tales actuaciones y no consta siquiera que las mismas estuvieran conectadas o vinculadas con el papel que Javier Gómez de Liaño desempeñaba como letrado de Luis Bárcenas en el conocido como caso Gürtel", sostiene el magistrado.

Delito de coacciones

Contra los que sí considera que hay indicios de delito es contra los presuntos responsables del envío de un correo electrónico a la dirección profesional de Javier Gómez de Liaño adjuntando archivos de audio de una conversación en la que se hace expresa referencia a pagos recibidos por el abogado y a la posibilidad de incoar una investigación por delito fiscal y blanqueo de capitales para perjudicarle.

Se trata de Salit Sahitaj, Juan Ramón Díaz Moro, José Luis Moreno Cela Y Mónica Gil Manzano, cuya conducta sería constitutiva de un delito de coacciones o de obstrucción de la Justicia; delitos que no serían competencia de la Audiencia Nacional, por lo que acuerda inhibirse al juzgado de Instrucción número 2 de Marbella tal y como propuso la Fiscalía.

El juez argumenta su decisión en que los presuntos delitos se cometieron allí y en que fue el primer juzgado "que conoció de la causa".

Para decretar el archivo, García Castellón expone que de todas las actuaciones practicadas "no cabe apreciar indicios de la conexión de los hechos objeto de investigación en la presente causa y los que han sido investigados en el seno de la pieza separada número 7", la referente a Kitchen.

El juez tampoco considera acreditada la participación de los investigados José Aliste Martín y Oscar Jiménez Rubia en el envío del correo electrónico con los archivos de audio al despacho profesional de Javier Gómez de Liaño.

En su declaración ante el juez en esta causa, Francisco Martínez negó haber ordenado o conocido ningún tipo de presión o investigación a este abogado, que asistió al extesorero del PP entre 2013 y 2015.